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    Efectivamente la protección de una inversión en acciones con un STOP PRICE debiera ponernos a salvo en situaciones imponderables como lo fue el ataque de los Talibanes a las Torres Gemelas, por ejemplo. Pero recordemos que estas ordenes se activan y quedan colocadas a precio de mercado. Si el mercado comprador abriera mucho más abajo que el STOP PRICE, a ese precio se vendería, ocasionándole grandes pérdidas al inversionista. Se recomienda entonces, para proteger el capital la colocación de una STOP LIMIT ORDER.
 
 
    STOP LIMIT ORDER: Es una orden restringida para vender un determinado numero de acciones a un precio LIMIT especificado, la cual se activará a partir de él, pero acompañada de la instrucción de no vender a ningún otro precio que no sea el indicado.

Este tipo de ordenes tiene la gracia que si no hay mercado al precio LIMIT indicado, sencillamente las acciones no se venderán, lo que es preferible. Siempre frente a situaciones de crisis , los precios caen estrepitosamente y luego regresan al alza.


Todo pues se reduce a que estaremos dispuestos a quedar a buen resguardo, siempre y cuando ello signifique tener la oportunidad de salirse del mercado con una perdida razonable de aproximadamente un 20% por ejemplo y quedar líquido con el resto. Por otra parte si se van a rematar las posiciones a precios insignificantes, sencillamente no deberemos estar dispuestos a vender.

   
     
  El sistema sólo admite que la colocación de este tipo de órdenes con STOP o STOP LIMIT sea a un precio 0.25 U$ inferior al ask price en el caso de una compra, o 0,25 U$ inferior al bid price, en el caso de venta.